CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN                         Inserción sociolaboral

CA 1. INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE PERSONAS CON DIFICULTADES DE ACCESO AL EMPLEO

Se valorará hasta con X puntos a las empresas o entidades licitadoras que se comprometan a emplear en la plantilla que ejecutará el contrato a personas con dificultades de acceso al mercado laboral y a mantener su contratación durante toda la prestación contractual, siempre que su número sea superior al establecido como condición especial de ejecución.

Si existiera el deber de subrogar al personal o la empresa no precisase contratar nuevo personal en el momento de iniciarse la ejecución del contrato, deberá comprometerse a contratar este perfil y número de personas en todas las nuevas contrataciones, bajas y sustituciones que se produzcan hasta alcanzar dicho número.

    El perfil de las personas a contratar será alguno de los siguientes:

    • Las personas con certificado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Las personas con perfiles señalados en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación de Empresas de Inserción.
    • Las personas con dificultades de acceso al mercado laboral, conforme al Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

    La asignación de la puntuación se realizará del siguiente modo:

    • x puntos por el compromiso de contratar a 1 persona con dichos perfiles.
    • x puntos por el compromiso de contratar a 2 personas con dichos perfiles.
    • x puntos por el compromiso de contratar a 3 personas con dichos perfiles.


    VERIFICADORES ASOCIADOS A CA 1.

    Tras la formalización del contrato. La empresa adjudicataria remitirá a la unidad gestora del contrato en el plazo de un mes desde la formalización del contrato, o en el plazo de un mes desde que se produzcan las contrataciones:

    • Una relación nominal de las personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social contratadas, especificando fecha de inicio y finalización de sus contratos, así como jornada laboral.
    • Copia de contratos de trabajo.
    • Certificado de discapacidad, o certificado de servicios públicos sociales o una entidad cuya finalidad sea la inserción sociolaboral, acreditativo de los perfiles requeridos (previo consentimiento y cumplimiento de la Ley de Protección de datos de carácter personal).

    En fase de ejecución del contrato. Con carácter anual, la empresa adjudicataria deberá aportar:

    • Informe ITA (Informe de Trabajadores en Alta), y certificado de la Seguridad Social, con expresión de la relación total y nominal de personas trabajadoras en la empresa.